Legislar para garantizar los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres

21 de abril de 2022.

Por María Peinado Lafuente

Madrid | Sociedad | Salud reproductiva | Formación en género | Aborto | Salud y género



El Ministerio de Igualdad está llevando a cabo la reforma de la ley del aborto, que incluirá medidas como regular la objeción de conciencia, una línea telefónica especializada en derechos sexuales o que las mujeres puedan decidir el método abortivo


Madrid, 21 abr. 22. AmecoPress.- Los últimos datos disponibles sobre las interrupciones voluntarias de embarazos datan del 2020, año en el que se produjeron 88.269 abortos, de los cuales tan solo el 15,49% se realizaron en centros públicos. Además, en ciudades y comunidades autónomas como Madrid, Extremadura, Murcia, Castilla La Mancha, Ceuta y Melilla no se realizaron abortos en clínicas publicas durante todo el año.

Tal y como explica Sonia Lamas en nombre de la Clínica Dator, el bajo porcentaje de abortos que se realizan en la Sanidad Pública se debe a varias cuestiones. La interrupción voluntaria del embarazo sigue siendo una prestación sanitaria estigmatizada, tanto la práctica profesional como el propio ejercicio del derecho al aborto.

Por otro lado, desde que se aprobó la ley del 2010, no se ha desarrollado toda la ley, ni siquiera el título II, específico de la IVE, por lo que al no estar en el currículum académico de las carreras y formaciones relacionadas con Ciencias de la Salud, no hay una formación específica y especializada en la práctica sanitaria con los protocolos que marca la Organización Mundial de la Salud. Por ello, no se realiza con la calidad asistencial y sanitaria que se requiere, tal y como sí que hacemos en las clínicas acreditadas para la IVE (que no clínicas privadas, ya que es a través de concierto).

La falsa “objeción de conciencia”; en algunos casos podrá ser por objeción de conciencia moral, política o religiosa, pero en muchos casos es objeción profesional, ya que dedicarse a hacer abortos resta en tu curriculum, no suma y no hay que olvidar mirar los datos estadísticos y ver qué método prima en esas cifras de IVE realizadas en las instalaciones de la Sanidad Pública: la mayoría de los abortos voluntarios que se hacen en los Hospitales Públicos son a través del método farmacológico. ¿Deciden las mujeres el método en las instalaciones de la Pública?; hay que revisarlo, porque el derecho a decidir no sólo es si aborto o no, sino, también, con qué método. Y si el estado de la salud de la mujer y sus semanas de gestación le permiten elegir, no podemos dejar que sólo se haga con el método que se decida desde la Sanidad Pública por cuestiones que nada tienen que ver con el derecho al aborto.

Historia de las leyes del aborto que se han regulado en España

En 1985 se despenalizó el aborto en tres supuestos: violación, riesgo para la salud física y psíquica de la madre y malformación el feto, hasta entonces abortar se había considerado en España un delito y muchas mujeres se vieron obligadas a viajar a otros países para interrumpir su embarazo. Cataluña fue la excepción y durante la Guerra Civil permitió el aborto por motivos de salud, cuando el embarazo no era deseado o en casos de anomalía fetal.

Posteriormente, en el 2010 se aprobó la ley del aborto normativa tras una dura batalla contra la oposición de los partidos de derecha y las instituciones católicas. Así pues, esta ley elimina los tres supuestos de la anterior normativa y contempla, el aborto de forma voluntaria y sin justificación hasta las 14 semanas de gestación y en caso de riesgo grave para la salud o la vida de la madre o del feto hasta la semana 22. Sin embargo, para las menores de 15 años, la ley se mantiene restrictiva y exige la aprobación de los padres, madres y tutores.

En el año 2013, el exministro de Justicia del Partido Popular Alberto Ruiz Gallardón, intenta derogar la ley, pero fracasa en su intento.

Pero en el 2015, se produce un retroceso al eliminar la posibilidad de elección en las jóvenes de entre 16 y 17 años, que debían contar con la aprobación de sus padres, madres y tutores si querían abortar.

“Desde el Instituto de las Mujeres nos hemos reunido con numerosas organizaciones y profesionales que nos han transmitido un mensaje claro, es necesario reformar la Ley 2/2010 para que el aborto sea plenamente accesible vivas donde vivas y para que se garanticen todos los derechos sexuales y reproductivos a todas las mujeres”, apunta Mª Antonia Morillas, Directora del Instituto de las Mujeres.

Acosar a las mujeres que deciden abortar ya es un delito en España

Desde que existe la libre elección de abortar, las mujeres que decidían dar el paso tenían que atravesar un acoso organizado. Voluntarios en grupos se colocaban frente a las puertas de las clínicas de 9.00 a 20.00 con carteles y con el objetivo de presionar a las mujeres para que cambiarán de opinión. También estaban los llamados “rescatadores” que disponían incluso de una ambulancia para hacer ecografías y trataban de interrumpir el paso de las mujeres embarazadas con un gran bombardeo de preguntas, folletos informativos y obstaculizando el paso. Esto provocaba que muchas mujeres se sintieran intimidadas y temerosas de acudir a las clínicas.

“El cuerpo de las mujeres sigue siendo un ámbito en disputa, en el que se expresan las relaciones de poder de distinto signo y particularmente las patriarcales. Las violencias sexuales, el cuestionamiento de nuestra libertad sexual o de nuestra capacidad de decidir sobre nuestra maternidad, son instrumentos de control y disciplinamiento para mantenernos en posiciones sociales subalternas. Frente a estos posicionamientos políticos que coinciden con quienes niegan que suframos violencias específicas por ser mujeres, desde el feminismo reivindicamos la soberanía sobre nuestros cuerpos. Porque reivindicar la capacidad de decidir sobre nuestra sexualidad o nuestra reproducción, es decidir sobre nuestros proyectos vitales y es ejercer la agencia y el poder sobre nuestras vidas”, expone Morillas.

Con la nueva reforma del Código Penal aprobada el pasado 14 de abril, quienes obstaculicen el ejercicio del derecho a la interrupción voluntaria del embarazo mediante actos molestos, ofensivos, intimidatorios o coactivos que menoscaben la libertad, serán castigados con una pena de entre tres meses y un año de prisión o trabajos en beneficio de la comunidad.

Para perseguir este acoso, no será necesario la denuncia de la persona agraviada y el tribunal podrá imponer además, la prohibición de acudir a determinados lugares durante un periodo de entre seis meses y tres años.

Otras reformas de ley

Pero no todo gira en torno al acoso en las clínicas, desde el Ministerio de Igualdad se está trabajando para llevar a cabo una serie de medidas que Irene Montero expuso en el Congreso de los Diputados el pasado mes de febrero.

Los hospitales públicos contarán con profesionales aptos para la práctica del aborto, lo que implica regular la objeción de conciencia, la mujer será la que tenga la última palabra en cuanto al método de interrupción. Se creará una línea telefónica especializada en derechos sexuales para informar a la mujer de los procedimientos apto para interrumpir su embarazo, las mujeres que decidan abortar podrán acudir a su centro de salud para recibir información y desde allí se les enviará a un centro hospitalario por procedimiento de urgencia. Además, podrán decidir entre aborto farmacológico o quirúrgico, las jóvenes de 16 y 17 años podrán interrumpir su embarazo sin el consentimiento de sus padres, madres o tutores y se eliminará el periodo de tres días de reflexión.

Desde la Comisión por el derecho al Aborto de Madrid (del Movimiento Feminista) también se ha pronunciado al respecto y expresan la urgencia de resolver la situación de fondo. En primer lugar, la Administración pública no puede financiar grupos antielección, además, la solución ante los problemas no puede ser solo punitiva, hay que promover la Educación Afectivo Sexual desde la diversidad que promueva una sociedad igualitaria, que la interrupción voluntaria del embarazo se realice con normalidad en ambulatorios y hospitales, como una prestación más del Sistema de Salud, una sanidad que garantice el derecho a todas y abolir la Ley Ómnibus (norma que regula materias que por su contenido deberían estar en leyes separadas)

Educación y prevención

Pero más allá del derecho a la interrupción voluntaria del embarazo, la ley apuesta por la educación sexual, sobre todo a edades tempranas en las que existe una mayor desinformación. Varios estudios afirman que la eliminación de barreras ante el uso de anticonceptivos en adolescentes, está asociado con la utilización de métodos anticonceptivos más efectivos y una disminución de las tasas de embarazo.

Por eso, debería impartirse una educación integral sobre la sexualidad en las escuelas, para que los y las adolescentes tomen por si mismos decisiones informadas sobre su sexualidad y tengan el control de su propia vida. Aunque esta labor no debe ser solo de las escuelas, sino que también deben participar las familias de los y las jóvenes.

Por otra parte, SEDRA-Federación de Planificación Familiar denuncia que en la webs de los organismos sanitarios estatales no hay información sobre la anticoncepción y sus métodos, lo que crea una importante barrera de acceso a los servicios de salud sexual y reproductiva. Muchas mujeres piensan que es una cuestión que se trata solo en los centros de especialidades, cuando en realidad la atención primaria y/o sus centros específicos pueden muchas veces ser suficientes.

Para que se realice una atención de calidad de la anticoncepción tal y como se recoge en la cartera de servicios de atención primaria de la sanidad pública, es importante la formación sobre anticoncepción para el personal de los centros de atención primaria, y además, es necesario que la anticoncepción sea atendida mediante un proceso rápido y sencillo en todas las comunidades autónomas, y no con las enormes diferencias que existen actualmente entre los distintos territorios.

Fotos: archivo de AmecoPress

Estado español - Aborto - Salud y género - Salud reproductiva - Formación en género. 21 abr. 22. AmecoPress.

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