Las asociaciones denuncian, como cada año, la discriminación sufrida desde el modelo fiscal actual

Monomarentalidad y discriminación fiscal

16 de abril de 2021.

Por Redacción AmecoPress

Economía | Estado Español | Situación social de las mujeres | Legislación y género



“Alrededor de 1.887.500 de hogares en España son monoparentales, esto significa que aproximadamente el 10% de las familias españolas ven como su modelo familiar, mayoritariamente femenino, continúa discriminado por un sistema que está construido de forma patriarcal, en el que se entiende la monoparentalidad como algo temporal y algo que ha de ser corregido”


Madrid, 14 abr. 2021. AmecoPress.- El inicio del plazo de presentación de la Renta 2020, vuelve a evidenciar la discriminación fiscal que sufren las familias monomarentales. El propio diseño del impuesto, afirman, penaliza a las familias monomarentales que no pueden acceder a otros mecanismos disponibles para el resto de modelos familiares que permiten “romper” la progresividad del impuesto.

La discriminación fiscal de las familias monoparentales es una de las reivindicaciones más antiguas que se vienen planteando desde la asociación Madres Solteras Por Elección (MSPE), que han publicado recientemente un estudio que se centra en analizar esta discriminación, “La monoparentalidad en el IRPF. Denuncia de un tratamiento discriminatorio” en el que analizan los principales problemas a los que se enfrentan las familias monomarentales a la hora de realizar la declaración de la renta.

“La política fiscal es uno de los instrumentos tradicionales de protección de la familia, sin embargo, la evolución del concepto de familia producida en los últimos años pone en evidencia la falta de adecuación de nuestro derecho fiscal a las nuevas realidades sociales, con una falta de protección real a diferentes modelos familiares” explican desde MSPE.

"El artículo 39 de la Constitución española impone a los poderes públicos el deber de asegurar la protección social, económica y jurídica de la familia, así como la protección integral de los hijos, iguales éstos ante la ley con independencia de su filiación, y de las madres, cualquiera que sea su estado civil", además “el artículo 31.1 de la Constitución española establece el deber general de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo. Lo que exige, en última instancia, atender a la realidad de los diferentes modelos de familia, de su renta disponible y con ello, de su capacidad económica" denuncian.

Desde la asociación exigen una protección a las familias monomarentales que se adecúe a las características propias de la misma, ya que, denuncian “la discriminación de la familia monoparental arranca de la Ley 40/1998 en la que no sólo desaparece la categorización expresa de este modelo de familia, sino que introduce una serie de medidas que conllevan una presión fiscal superior para estas familias respecto del modelo de familia nuclear tradicional”.

Un modelo injusto

La propia configuración del IRPF actual no tiene en cuenta la monomarentalidad, con una ausencia de medidas propias que atiendan a la realidad de estas familias y en concreto, su capacidad económica, como sí existen en otros modelos. Esto, en la práctica se traduce en la imposibilidad de aplicar una reducción por tributación conjunta, tampoco pueden romper la progresividad del impuesto mediante la modalidad de tributación individual, como sí pueden hacer en el modelo para familias tradicionales.

Desde la Federación de Asociaciones de Familias Monomarentales explican: “La discriminación más visible que se produce entre estos dos modelos familiares, viene dada en la modalidad de tributación conjunta, en las declaraciones conjuntas de unidades familiares integradas por ambos cónyuges no separados legalmente y, si los hubiera, los hijos menores que convivan, así como los mayores de edad incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada, la base imponible se reducirá en 3.400 euros anuales”

“En declaraciones conjuntas de unidades familiares monoparentales, es decir, las formadas, en los casos de separación legal o cuando no exista vínculo matrimonial por el padre o la madre y todos los hijos e hijas menores o mayores de edad incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada que convivan con uno u otra, la base imponible se reducirá en 2.150 euros anuales” afirman.

El 10% de las familias españolas ven como su modelo familiar continúa discriminado por un sistema que está construido de forma patriarcal

Desde FAMS denuncian que “los últimos datos publicados por el INE en 2019 indican que alrededor de 1.887.500 de hogares en España son monoparentales, aproximadamente el 10% de las familias españolas ven como su modelo familiar continúa discriminado por un sistema que está construido de forma patriarcal, en el que se entiende la monoparentalidad como algo temporal, “algo que ha de ser corregido”. Esto también se evidencia en el IRPF cuando ni siquiera cuenta con una categorización expresa para este modelo familiar, adoleciendo de una definición clara y homogénea para todas las comunidades autónomas”.

“La presión fiscal que soporta este modelo familiar frente al modelo de familia tradicional es significativamente superior. En este sentido, en el caso de que la familia monoparental perciba los mismos rendimientos que la biparental, si en esta última ambos miembros de la pareja obtienen rendimientos, su presión fiscal será menor porque la opción por la tributación individual les permitirá romper la progresividad del impuesto y, por tanto, soportar una menor carga fiscal”.

En concreto MSPE explica que “estimamos que esta mayor presión fiscal se cifra en un incremento del tipo medio de gravamen aplicable a la familia monoparental de entre 7,9 y 12,1 puntos porcentuales”. Además, denuncian que en caso de que la totalidad de los ingresos de la familia en el modelo tradicional se obtengan por uno de los cónyuges, la presión fiscal que soporta la familia monoparental sigue siendo superior. “Y todo ello, sin considerar que la renta disponible de la familia monoparental será inferior especialmente en este caso ya que por su propia configuración tiene que hacer frente a mayores gastos de conciliación y cuidados”, agravados además, durante el primer año de vida de las hijas o hijos.

Sus demandas

Dado que las particularidades de las familias monomarentales necesitan un tratamiento fiscal adecuado a su realidad al igual que el modelo de familia nuclear tradicional cuenta con el suyo, la asociación de Madres Solteras por Elección demandan la necesidad de una reforma de la normativa del IRPF que pase por “la inclusión de un nuevo código de vinculación que reconozca a las familias monoparentales como un modelo familiar, contemplando su realidad diversa y considerando, en cualquier caso, a aquellas con una única persona progenitora que en estos momentos no se visibilizan en el impuesto” junto con el “derecho a la aplicación de la reducción por tributación conjunta de igual cuantía a la del modelo familiar tradicional”.

Además, solicitan que se corrijan los mecanismos que agravan la presión fiscal a esta modalidad de familia, adecuación de un mínimo por descendientes que se adecúe a sus necesidades para poder incentivar la natalidad también en este modelo familiar y la “deducción de los gastos adicionales a los que debe atender la familia monoparental en conciliación personal y laboral frente al resto de modelos familiares y que, en última instancia, aseguren que las familias monoparentales contribuyan al sostenimiento de los gastos públicos efectivamente sobre la base de su capacidad económica y renta disponible”.

Fotos: Archivo AmecoPress


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