El Gobierno regula el trabajo a distancia

24 de septiembre de 2020.

Por Gloria López

Madrid | Economía | Situación social de las mujeres | Empleo y género | Conciliación



Sin descartar ni menospreciar el teletrabajo, las mujeres reclaman perspectiva de género y medidas que faciliten la corresponsabilidad, para que no se convierta en una trampa


Madrid, 24 sep. 20. AmecoPress.- El Consejo de Ministros y Ministras aprobó el martes un Decreto Ley que regula el teletrabajo. La necesidad de una norma que reglamentara el trabajo desde casa se ha hecho evidente con la pandemia, pero es un reclamo que viene de atrás y de hecho la norma no está vinculada al Covid-19 y no se aplicará a quienes estén trabajando desde casa como medida excepcional por la crisis sanitaria, al menos mientras duren las medidas de contención de contagios, exceptuando que la empresa tendrá que hacerse cargo de medios, equipo, herramientas y consumibles y mantenimiento necesarios.

Antes del confinamiento provocado por la pandemia solamente un pequeño porcentaje de la población ocupada trabajaba desde casa (4,8% habitualmente y solo un 3,5% de forma ocasional, frente a la media europea que se sitúa en torno a un 10,8%). Con el confinamiento, el teletrabajo se ha extendido masivamente en condiciones precarias y sin regulación a todo tipo de ocupaciones, incluyendo aquellas en las que parecía de imposible aplicación.

Esta situación se produjo en una sociedad patriarcal en la que los cuidados se plantean como una cuestión que ha de resolverse de manera individual y recaen fundamentalmente sobre las mujeres. Muchas mujeres, de la noche a la mañana, se vieron abocadas a la titánica tarea de conciliar la jornada laboral con el trabajo doméstico, como venía siendo habitual, pero añadiendo el cuidado y la atención de los y las menores a tiempo completo, además del seguimiento de las tareas escolares y clases on-line.

“En condiciones de teletrabajo y con los menores en las casas, las jornadas son ahora más interminables, si cabe, realizándose el trabajo remunerado de madrugada cuando los menores no se han levantado o de noche cuando por fin se han acostado”, explica Yolanda Besteiro en una la "Conciliación y cuidados: repensando la sociedad que queremos", organizada por la Unión de Asociaciones Familiares (UNAF), advirtiendo sobre las consecuencias en la salud: “Se han descrito niveles insoportables de ansiedad y de stress en las mujeres confinadas intentando compatibilizar las exigencias del trabajo remunerado con las exigencias del trabajo doméstico y de cuidados”.

En las familias monomarentales “los sentimientos de aislamiento social y soledad se añaden al cansancio, a la ansiedad y al stress”, expone Carmen Flores, presidenta de la Federación de Asociaciones de Familias Monoparentales (FAMS). “Para nosotras la conciliación es todavía más difícil y necesitamos medidas urgentes y específicas”, insiste, aunque opina que el teletrabajo, en su caso, puede ser una buena alternativa.

Voluntario, por mutuo acuerdo y reversible

La norma aprobada el martes por el Consejo de Ministros y Ministras y que fue publicada en el BOE el miércoles, entra en vigor en 20 días. En el caso de que ya se trabaje a distancia, las empresas tienen tres meses para formalizar el acuerdo que regule sus normas. Si ya existe acuerdo o reglas en el convenio, estas se mantendrán hasta que pierdan su vigencia o, si no tienen fecha fin, durante un año.

Así, el trabajo a distancia queda definido como aquel que se preste, en un periodo de referencia de tres meses, durante un mínimo del 30% de la jornada o el porcentaje proporcional equivalente en función de la duración del contrato de trabajo. Excluye los contratos de prácticas o formación, que deberán contar con un mínimo del 50% de actividad presencial.

Hasta el momento, la única referencia al trabajo a distancia estaba en el artículo 13 del Estatuto de los Trabajadores, en el que se especifica que los trabajadores a distancia tendrán los mismos derechos que los que prestan servicio en el centro de trabajo de la empresa y que el empresario deberá establecer los medios necesarios para asegurar el acceso efectivo de estos trabajadores a la formación profesional para el empleo.

Ahora, esta suerte de ambigüedad se ha tratado de precisar y perfilar en una normativa “técnicamente compleja”, como ha definido la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, que ha agradecido la implicación de los agentes sociales en la negociación para acordar esta nueva regulación y sus aportaciones.
El teletrabajo tendrá carácter voluntario. Esta modalidad no podrá ser impuesta ni por la empresa ni por la persona trabajadora, y el acuerdo al que se llegue al respecto será reversible.

La ministra destacó el martes en rueda de prensa que este ejercicio de la reversibilidad, así como la negativa a trabajar a distancia o las dificultades para el desarrollo adecuado de la actividad laboral a distancia -exclusivamente relacionadas con el cambio de una prestación presencial a otra que incluya trabajo a distancia- no serán causas justificativas de la extinción de la relación laboral ni de la modificación sustancial de las condiciones de trabajo.

Los gastos vinculados al desempeño del trabajo a distancia -equipos, herramientas, medios y consumibles- serán a cargo de la empresa. El lugar que se elija para trabajar a distancia no tendrá por qué ser necesariamente el domicilio del trabajador o trabajadora, y quedará garantizado el derecho a la desconexión. "El acuerdo que rija la relación laboral fijará el tiempo de disponibilidad y se respetarán los derechos de registro horario y conciliación", explicó Díaz.

La ministra afirmó que los derechos laborales serán los mismos en las modalidades presencial y a distancia -formación, promoción, prevención de riesgos laborales y del acoso laboral o sexual, entre otros- y que el mecanismo de representación colectiva se adaptará a la nueva realidad digital.

El decreto no afecta a empleadas públicas ni personal laboral de administraciones públicas ya que, según adelantó la ministra de Hacienda y portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, próximamente el Consejo de Ministros aprobará la regulación del teletrabajo para los más de tres millones de empleados de públicos de las distintas administraciones, tras haberse acordado los términos en la Conferencia Sectorial de Administración Pública y la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas.

En el Real Decreto-ley se contempla también la prórroga para el Plan MeCuida hasta el 31 de enero de 2021. Este Plan estableció el carácter preferente del teletrabajo y la obligación de adaptar o reducir jornada (con reducción de sueldo) a personas que tengan que cuidar a menores o dependientes a causa de la crisis sanitaria. Además, desarrolla el procedimiento para reconocer las bajas asimiladas a accidente de trabajo en caso de imposibilidad de acudir a la empresa en caso de confinamiento de municipios.

Perspectiva de género

Solo una pequeña parte de la población puede acogerse a la fórmula del trabajo a distancia -según datos del INE un 34% de personas pueden haber teletrabajado durante el confinamiento- y diversos estudios y expertas han destacado la brecha de género y de clase que esta tipología laboral esconde.

El Ministerio de Igualdad insiste: para evitar la discriminación por sexo en esta modalidad laboral del teletrabajo, las empresas “deberán tenerla en cuenta en el diseño, diagnóstico y desarrollo de los planes de igualdad”. Por ello, toda la ley “blinda la igualdad entre el trabajo a distancia y el trabajo presencial, poniendo el foco en fomentar la corresponsabilidad entre mujeres y hombres en convenios y planes de igualdad”. Por último, aunque se desarrolle trabajo a distancia, “la prevención y lucha contra el acoso sexual, por razón de sexo u otro tipo de discriminación debe ponerse en primer plano”. También “las peculiaridades de las víctimas de violencia de género ante esta modalidad laboral”.

Respecto a la conciliación, hay acuerdo: el simple cambio de la fórmula presencial por trabajo a distancia (o teletrabajo) no es una solución. De hecho, conlleva un riesgo manifiesto: la conquista del espacio público que se produjo a partir de la incorporación de las mujeres al mercado laboral es irrenunciable y el teletrabajo puede ser una trampa, sostiene Begoña San José, histórica feminista. Sin descartar ni menospreciar el teletrabajo, se necesita más.

Trabajar en casa recibiendo remuneración no es nuevo para las mujeres. En un pasado no tan lejano, las mujeres cosían, lavaban ropa, trabajaban en pequeños talleres caseros para empresas manufactureras. En las zonas rurales las mujeres aun hoy compaginan los trabajos agropecuarios con el trabajo de la casa y de los cuidados. Un retroceso en la participación de las mujeres en los espacios públicos y el retorno al espacio doméstico puede acabar siendo una de las consecuencias perversas del teletrabajo.

El trabajo a distancia, bien regulado, puede ayudar a las personas trabajadoras a organizar mejor su jornada de trabajo, favoreciendo la conciliación. Pero necesita una perspectiva de género para que verdaderamente promueva la corresponsabilidad. Y es imprescindible acometer transformaciones estructurales que lleven a las administraciones públicas a atender las necesidades de cuidados y las necesidades educativas de niños y niñas, destinando los recursos precisos, para que se deje de relegar al espacio privado y por tanto mayoritariamente a las mujeres la carga de las mismas.

Foto: archivo AmecoPress, cedidas por Moncloa


Pies de foto: 1), 2), 4) infografías del Ministerio de Igualdad; 3) Yolanda Díaz, ministra de Trabajo, en rueda de prensa © Pool Moncloa/JM Cuadrado


Economía – Empleo y género – Conciliación. 24 sep. 20. AmecoPress



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