El Gobierno indulta parcialmente a María Sevilla, expresidenta de Infancia Libre

Madrid, 26 may. 22. AmecoPress. - María Sevilla, expresidenta de Infancia Libre, fue condenada en 2020 por incumplir una sentencia de 2017 que otorgaba la custodia al padre de su hijo. Fue condenada a dos años y cuatro meses de prisión, además de a cuatro años sin patria potestad. Ayer, 25 de mayo, el BOE publicó su indulto.
Sevilla acusó a su expareja de abusos sexuales al menor, pero las causas fueron archivadas. En 2017, una sentencia otorgó la custodia al padre, pero ella decidió no cumplirla. No entregó al niño y, por eso, fue detenida en 2019.
El indulto publicado por el BOE reduce la pena de Sevilla a dos años y si el juez lo considera, puede evitar la prisión. Asimismo, la inhabilitación para ejercer la patria potestad queda eliminada a cambio de 180 días de trabajos en beneficio de la comunidad. Este indulto, el cual tenía el visto bueno del fiscal, había sido solicitado por 168 entidades sociales hace más de tres meses.
La Asociación de Mujeres Juristas Themis es una de las que exigió el indulto. Altamira Gonzalo, expresidenta de la asociación, explica que están muy de acuerdo con el indulto que le han dado a Sevilla, ya que "la conducta por la que fue condenada y obligada a entrar en prisión es una conducta que ahora no es constitutiva de delito desde que se aprobó la ley de 4 de junio del 2021 de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia". Por lo tanto, califica como una barbaridad mantenerla en prisión y subraya que el Gobierno "ha hecho lo que tenía que hacer".
Aunque no sea fijo que el juzgado exima de la cárcel a Sevilla, Gonzalo cree que es lógico que no entre en prisión con una condena inferior a dos años: "Sería tremendo que esta mujer que fue víctima de malos tratos y que ha sido condenada por proteger a su hijo vaya a la cárcel, cuando los maltratadores se libran". Ha explicado el caso de Luis Antonio Irzo. En 2019, el juzgado dictó cuatro penas contra Irzo, cada una de ellas de un año, nueves meses y un día, por maltrato habitual a su ya exmujer, sus dos hijas y su hijo. Como ninguna condena rebasa los dos años, no ha cumplido ningún día de cárcel. Por lo tanto, si el juzgado no pone en libertad a Sevilla, "será un agravio difícil de justificar".
Existe una falta de credibilidad de las personas menores cuando denuncian a los padres por abuso sexual, así como cuando las mujeres denuncian malos tratos: "La inmensa mayoría de las denuncias por abusos sexuales a menores ni tan siquiera llegan a juicio; de las pocas denuncias que se ponen, un 70% mueren en el camino". El motivo es que a los y las menores no se les cree cuando relatan los hechos.
Denegado el indulto a María Salmerón
Este indulto llega tras la negativa de conceder a María Salmerón un cuarto indulto. Salmerón fue condenada en 2020 a nueve meses de cárcel por incumplir el régimen de visitas de su hija con el padre de esta, condenado por violencia machista. La razón que da el Gobierno es que es reincidente y que su expediente no cuenta con el visto bueno del tribunal, imperativo en estos casos.
La expresidenta de Themis explica que ellas critican el hecho de que no se le concediera el indulto a Salmerón, dado que "las razones de fondo son exactamente las mismas que las que existen en el caso de María Sevilla". Según expresa Gonzalo, quizás alguna circunstancia personal no sea la misma, pero las circunstancias externas de protección de menores sí que lo son.
Gonzalo: "La conducta de María Salmerón hoy en día tampoco sería constitutiva de delito, porque se modificaron el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Criminal el año pasado. Ojalá la situación de María Salmerón se resuelva bien y pronto".
Foto: archivo de AmecoPress.
—
Estado español - Situación social de las mujeres - Violencia de género - Legislación - Legislación y género. 26 may. 22. AmecoPress.