Las víctimas de violencia de género en situación irregular podrán acceder al ingreso mínimo vital
Madrid, 26 mayo 2020. AmecoPress. – Así se desprende del borrador del Proyecto de Real Decreto-Ley por el que se establece el Ingreso Mínimo Vital cuya aprobación se prevé para el consejo de Ministros de este viernes. Las solicitudes podrán empezar a realizarse en junio.
Las mujeres víctimas de violencia de género podrán acceder a la prestación mínima vital pese a no contar con el permiso de residencia, según informa EuropaPress quien ha tenido acceso al borrador del proyecto. Tampoco se les exigirá el requisito de llevar un año viviendo en el país. Deberán acreditar su condición de víctimas de violencia machista a través de órdenes de protección o, excepcionalmente, con informes de la fiscalía que apunten indicios de malos tratos. También podrán ser beneficiarias las personas solicitantes de asilo y protección internacional así como las víctimas de trata aunque no lleven un año de residencia legal en España.
El Presidente del Gobierno, Pedro Sánchez anunció durante una comparecencia el pasado sábado que la medida sería aprobada esta semana por el Consejo de Ministros. La tildó de “medida histórica en nuestra democracia para que nadie se quede atrás”. Por el momento distintas fuentes apuntan a que la prestación se moverá entre los 462 euros en unidades familiares compuestas por una persona hasta los 1.015 para familias con dos o más menores a cargo. La cuantía exacta se calculará en base a los ingresos del ejercicio de 2019. En el borrador se prevé un complemento para las familias monomarentales. La prestación correrá a cargo de la Seguridad Social y se prevé un coste anual en torno a los 3.000 millones de euros para unos 850.000 hogares.
Liliana Marcos, experta en políticas públicas y desigualdad de Oxfam Intermón, ha destacado en declaraciones para AmecoPress que la renta mínima vital es “un paso decidido en buena dirección en la mejora del Estado del Bienestar español, que tenía una deuda histórica con las rentas bajas”. Señala que la medida podría ir ampliándose con el tiempo para abarcar no solo a las familias más vulnerables. “Quedarnos únicamente en familias más vulnerables genera agravios comparativos. Si el umbral es muy bajo, hay familias que también lo están pasando mal y se quedarían sin cobertura”. Un colectivo que le preocupa especialmente son las familias en situación administrativa irregular. Las y los hijos de estas familias verían sus oportunidades futuras limitadas por esta situación administrativa en caso de no recibir apoyo desde el sector público, como podría ser el caso del ingreso mínimo vital. “Desde el punto de vista jurídico”, apunta Liliana, “es contrario al principio superior del menor discriminar a niños y niñas por la situación administrativa de sus padres”.
Foto: Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa
Pie de foto: Pedro Sánchez durante su comparecencia del 23 de mayo
Estado Español – Violencia de género – Mujeres migrantes – Política y género
26 mayo 20. AmecoPress
