Aprobada por un solo voto tras el cambio de los dos diputados de UPN y el error de uno del PP

La reforma laboral en el Congreso

3 de febrero de 2022.

Por Redacción AmecoPress

Madrid | Economía | Empleo y género | Sindicatos | Conciliación



CCOO y UGT informan al movimiento feminista sobre el impacto que tendrá el nuevo modelo de relaciones laborales para las trabajadoras


Madrid. 03 feb. 22. AmecoPress.- La cuenta atrás para la votación de la reforma laboral en el Congreso llegó a su fin este jueves, cuando el decreto ley entró en el hemiciclo para ser debatido y logró los votos necesarios para su aprobación, eso sí, por los pelos: dos diputados de UPN se desmarcaban de las directrices de su partido y votaban en contra y un diputado del PP se equivocó al emitir su voto vía telemática e inclinó la balanza a favor. No es el modelo de relaciones laborales con el que sindicatos e incluso el propio Gobierno había soñado (y acordado). No convence a un sector importante de las fuerzas sindicales, políticas y sociales del país. Pero el decreto que este jueves se ha enfrentado a la votación parlamentaria definitiva, se logró merced al llamado diálogo social, que logró poner de acuerdo a Gobierno, sindicatos y patronales mayoritarias. Y, a pesar de que el plan inicial era mucho más ambicioso, el acuerdo “es positivo” y “no incluye ninguna medida que suponga un retroceso para los derechos de los trabajadores y trabajadoras de nuestro país”, según explicaron las representantes de Igualdad de CCOO y UGT, Carolina Vidal López y Cristina Antoñanzas Peñalva, respectivamente, en un acto con organizaciones feministas.

El encuentro, moderado por la periodista de economía de Eldiario.es, Laura Olías, y titulado ’Impacto del acuerdo en materia laboral en las mujeres trabajadoras’, tuvo lugar en la sede del Consejo Económico y Social, en Madrid. Fue inaugurado por el presidente de esta institución, Antón Costas, y contó con la participación de varias decenas de organizaciones del movimiento feminista.

A través del diálogo se fueron desgranando algunas de las medidas fundamentales que incluye la que ha sido calificada como “la primera reforma laboral de gran calado de la democracia que cuenta con el respaldo del Diálogo Social, que genera nuevos derechos laborales y que además va a repercutir en mejorar las condiciones laborales y salariales de la clase trabajadora que está en mayor riesgo de precariedad laboral, en especial, en las mujeres trabajadoras”.

“Es un acuerdo pensado para las personas trabajadoras que más sufren la precariedad y, entre ellas, hay que recordarlo, la mayoría son mujeres; las materias que se han abordado no son casuales”, manifestó Carolina Vidal López.

Temporalidad

La secretaria confederal de Mujeres, Igualdad y Condiciones de Trabajo, explicó que las mujeres tienen una tasa de temporalidad mayor que la de los hombres (27,2 frente al 25,4) y que padecen también en mayor medida el encadenamiento de contratos. “Con el acuerdo de reforma laboral el contrato de trabajo se presume concertado por tiempo indefinido, se limita la temporalidad y se acotan sus causas”.
Asimismo, subrayó la importancia de la eliminación del contrato por obra y servicio, que supone hasta un 30% de los contratos a mujeres y que desaparece con la actual reforma. Se trata de un contrato muy utilizado en sectores con gran presencia femenina, como la restauración o la industria manufacturera.

Efectivamente, según defendió también Cristina Antoñanzas, la reciente reforma laboral beneficia en especial a las mujeres puesto que “tiene por objetivo combatir los graves problemas del mercado de trabajo que arrastramos desde aprobación del Estatuto de los Trabajadores: el desempleo y la temporalidad”.

“También son miles las mujeres afectadas por convenios de empresa que han visto empeorar las condiciones salariales en empresas multiservicios. Con la entrada en vigor de la nueva norma esto ya no podrá suceder”, explicó Carolina Vidal. Se refería a la primacía del convenio sectorial sobre el de empresa, decisivo en la cuestión salarial. Para muchos sectores feminizados, como el de las camareras de piso, tendrá un impacto muy positivo la aplicación del convenio sectorial de referencia en las empresas en la que se presta el servicio.

Antoñanzas subrayó que efectivamente “con esta reforma se revierte alguno de los aspectos más lesivos de la reforma de 2012, que supuso un gran retroceso en derechos laborales y un importantísimo varapalo para la negociación colectiva, al imponer la supremacía del convenio de empresa sobre los de ámbito superior como el convenio de sector y eliminando la ultractividad de los convenios”.

“Se recupera la plena ultraactividad y el convenio de empresa deja de tener prioridad en materia salarial”, explicó, “y, en ese sentido, las mujeres, que tienen salarios menores y trabajan en sectores más precarizados, se verán beneficiadas. Además, el hecho de que el convenio sectorial recupere su posición de supremacía en materia salarial, y en las subcontratas solo prevalezca el convenio de empresa si tiene mejores condiciones salariales que el sectorial, es un instrumento fundamental para mejorar las condiciones de las personas trabajadoras en general y de las mujeres en especial”.

“Los convenios de empresa”, ha resaltado, “pasan, por tanto, a ser instrumentos de regulación de aspectos organizativos que no admiten otro nivel de negociación por su propia naturaleza, como horarios o la adaptación de la clasificación profesional, correspondiendo la negociación colectiva sectorial los aspectos salariales, retribuciones y jornada”.

Las ventajas del nuevo contrato formativo o el Mecanismo RED, que supone una apuesta por la flexibilidad interna negociada en las empresas y que se inspira en la experiencia positiva de los ERTE, fueron otros de los temas tratados.

En opinión de Carolina Vidal López, se trata de una “reforma de calado que modifica las bases de las relaciones laborales en España al apostar por el empleo de calidad” frente a las reformas de las últimas décadas, que fomentaron la “devaluación salarial y el empeoramiento de las condiciones de vida de la clase trabajadora”.

La parcialidad sigue sin abordarse

Hay un aspecto que la reforma no aborda y que afecta de manera especial a las mujeres: la contratación a tiempo parcial. Efectivamente, la parcialidad, que sigue utilizándose como una vía de “conciliación”, es la opción a la que se ven abocadas especialmente las trabajadoras. Y es que “casi nunca el impacto de género se tiene en cuenta suficientemente todavía cuando se pactan reformas”, según compartieron las sindicalistas, que también dijeron que la parcialidad hay que incluirla no solo en las mesas de diálogo y en los convenios colectivos, sino que una de las herramientas más importantes para abordarla son los planes de igualdad.

“Todavía nos queda mucho trabajo por hacer para remediar las brechas y dignificar las condiciones de tantos sectores feminizados. Seguir subiendo los salarios, en especial el salario mínimo, que tiene un importante impacto en la brecha salarial; la ratificación del Convenio 189, tan importante para equiparar las condiciones de las empleadas de hogar; lograr más y mejores políticas públicas de cuidados; el reconocimiento de todas las enfermedades profesionales que afectan a las mujeres… Pero desde una posición feminista y de izquierdas hay que apoyar sin fisuras el acuerdo de reforma laboral porque es claramente beneficioso para las mujeres y supone avances sustantivos que se pondrán en marcha de manera inmediata”, concluyó Carolina Vidal López.

La Vicesecretaria General de UGT afirmó que el acuerdo “supone la primera reforma a favor de los trabajadores de la legislación laboral en décadas y resulta imprescindible para el mantenimiento del Estado Social ya que devuelve el equilibrio a la negociación colectiva y toma medidas serias frente a la precariedad”. Sin embargo, eso implica que pueda haber negociaciones posteriores ya que el acuerdo contiene elementos imprescindibles para avanzar, “pero es necesario ir más allá porque hay cuestiones que no resuelve”.

Algunas medidas destacadas

Atajar la temporalidad:

 El contrato de trabajo se presume como indefinido
 Se reducen a dos las modalidades de contratación: por causas productivas y por sustitución con derecho a reserva del puesto de trabajo.
 Desaparece el contrato por obra o servicio, fuente de fraude y precariedad permanente.
 Se pasa de una duración posible máxima de 4 años a una duración de 1 año.
 Se reduce el periodo de concatenación de contratos, pasando de un periodo de 24 meses en 30 meses, a 18 en 24 meses para considerarse como contratos indefinidos.
 Pasan a considerarse indefinidos los contratos en fraude de ley y además todos los que incumplan lo establecido en la esta regulación.

RED, un nuevo mecanismo de protección:

 Hay dos modalidades: cíclicas y sectoriales.
 Las medidas para abordar las situaciones cíclicas tendrán una duración máxima de 1 año.
 Las medidas de carácter sectorial se darán cuando se generen necesidades de recualificación y transición profesional en un sector. Su duración máxima es de 1 año, con la posibilidad de dos prórrogas de seis meses cada una.
 Se necesita autorización administrativa si no ha habido acuerdo en el periodo de consultas.
 Se creará un fondo RED de Sostenibilidad del empleo, a través del cual se hará frente a la financiación de las medidas de protección.

Refuerzo de la negociación colectiva

 Se recupera la ultraactividad de los convenios colectivos, de manera que los convenios que hayan llegado al fin de su vigencia, se prorrogan hasta que sean sustituidos por otros nuevos.
 El convenio sectorial vuelve a ser prevalente, por tanto los convenios de empresa solo podrán negociar condiciones que mejoren lo recogido en el convenio sectorial.
 Se establece la referencia del convenio sectorial de aplicación a quienes trabajan en contratas y subcontratas, de forma que no haya personas trabajadoras sin convenio de aplicación como existía hasta ahora.

Foto: Archivo AmecoPress
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