La Asociación de Mujeres Juezas en España propone mejoras de la ley de: “Solo sí es sí”

23 de marzo de 2021.

Por Redacción AmecoPress

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La diferencia fundamental, que entrará en vigor con la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, será la de contemplar principalmente si ha existido o no consentimiento expreso por parte de la víctima


Madrid, 22 mar. 21. AmecoPress.- Desde la Asociación de Mujeres Juezas en España (AMJE) comparten el texto propuesto para la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, pero consideran necesario ciertas modificaciones. Con el fin de que pueda ser valorado por los distintos grupos que integran el poder legislativo, han propuesto algunas enmiendas para su mejora.

El Anteproyecto, que recibió el visto bueno por parte del Gobierno, considera la violencia sexual como una violencia principalmente de género y llama a la responsabilidad de la sociedad, entre otros, para acabar con ella. La Asociación de Mujeres Juezas en España comparte ese punto de vista y, además, ve muy positivo eliminar la diferencia entre abuso y agresión sexual que incluye la ley. De esta forma, se acabará con la revictimización y no habrá diferencias entre un abusador y un agresor, tendrán las mismas consecuencias a efectos legales.

No obstante, con el fin de mejorar la futura ley han elaborado una serie de propuestas que consideran esenciales, entre ellas, una especial perspectiva hacia la infancia y la adolescencia. La AMJE echa en falta la presencia del “interés superior del menor” en diversos artículos, ya que se limitan a hacer referencia a “las mujeres” o a “las mujeres y las niñas”. Consideran que se debe modificar e incluir en todo momento a las niñas y los niños. Así mismo, ven relevante incluir una referencia explícita a la pornografía infantil como ámbito de actuación incluido en todo caso en la Ley y con carácter prioritario.

La ley trata en todo momento de seguir lo recogido en el Convenio de Estambul, por eso desde la AMJE se propone continuar por ese camino y se incluya el aborto no deseado y la esterilización como violencias sexuales, ya que condicionan el libre desarrollo de la vida sexual de las mujeres. Para el Convenio de Estambul son expresamente violencias de género y sexual. Dentro de ese mismo apartado, el Artículo 3 de la ley, proponen la sustitución del término "acecho" por "acoso", al ser visto bastante más leve desde su definición teórica que lo que realmente implica.

En definitiva con esas propuestas y más, el documento pretende mejorar la necesaria Ley de Libertad Sexual. La Asociación de Mujeres Juezas valora la necesidad de regular la protección a la libertad sexual desde un punto de vista integral, no centrado únicamente en el Derecho Penal. Sin embargo, esta reforma no sería completa si no alcanzase también al Código Penal.

Foto: archivo AmecoPress. 
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