El Gobierno desbloquea el anteproyecto de la ley trans y LGTBI

30 de junio de 2021.

Por Redacción AmecoPress

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El texto, que genera mucho debate y ha sido modificado en varios puntos, inicia su tramitación. La norma contempla la autodeterminación de género


Madrid, 29 jun. 21. AmecoPress.- Hoy el Consejo de Ministras y Ministros ha aprobado la ley con la que se busca garantizar los derechos de las personas Trans y LGTBI a nivel estatal. Un trámite que hasta el momento había sido postergado por desacuerdos en el seno del Gobierno y que sigue generando polémica e incluso debates enconados en la sociedad. Se espera que el texto, que tiene por título ‘Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI’, sufra modificaciones en los meses que dure su tramitación parlamentaria. Tanto la ministra de Igualdad, Irene Montero, como el ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, han afirmado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros y Ministras que se trata de un “hecho histórico” que llevará “felicidad” a los colectivos implicados.

Autodeterminación

Es uno de los puntos más conflictivos de la ley, tanto por la divergencia existente dentro del Gobierno, como por la oposición de un sector del movimiento feminista. La nueva norma contempla que el cambio registral de nombre y sexo se pueda llevar a cabo por la simple voluntad de la persona interesada, a través de un sistema de doble comparecencia sin la necesidad de aportar ningún documento, testigos o informe médico que lo justifique. El documento original hablaba de cambio de género, mientras que el actual texto habla de “sexo”, una modificación apuntada desde la vertiente socialista del Ejecutivo.

Para realizar el cambio de sexo y nombre la persona interesada tendrá que dirigirse al Registro Civil para dejar constancia de la voluntad de realizar la modificación, que tiene que ser ratificada con otra comparecencia en un plazo máximo de tres meses para confirmarla. A partir de ese momento, el Registro tiene que resolver el expediente en un máximo de un mes.

El anteproyecto especifica que el cambio del sexo legal en el DNI permitirá a la persona ejercer todos los derechos inherentes a su nueva condición, aunque esto no alterará la titularidad de los derechos y obligaciones jurídicas que pudieran corresponder a la persona con anterioridad al cambio, en especial a lo establecido en la ley contra la violencia de género de 2004, uno de los “temores” esgrimidos por quienes se oponen a esta ley.

Otro de los puntos que ha generado conflicto es el de los y las menores trans y los tratamientos hormonales. El ministro de Justicia ha explicado cómo se incorporan estos derechos en la legislación. Quienes hayan cumplido 14 años -en el texto anterior eran 12- podrán solicitar el cambio registral -con el consentimiento de sus progenitores o tutores hasta los 16-. Los y las menores que quieran realizar el cambio de sexo y nombre entre los 12 y los 14 deberán hacerlo a través de un juzgado. Para quienes tengan menos de 12 años se permitirá el cambio de nombre, pero no de sexo. De este modo, según ha explicado Juan Carlos Campo, se atiende a dos criterios básicos según mandato del Tribunal Constitucional del año 2019: “madurez y estabilidad”. El anteproyecto de ley no contempla la hormonación de menores de edad, cosa que sí estaba incluida en el texto original.

Lesbianas

La ley, que consta de 78 artículos y 4 títulos, incorpora medidas en todos los ámbitos para eliminar discriminaciones que siguen enfrentando las personas trans y LGTBI. Destacan entre otras, el reconocimiento de dos derechos reclamados desde hace tiempo por las mujeres lesbianas.

El texto garantiza el acceso de lesbianas y mujeres solas a las técnicas de reproducción humana asistida, del mismo modo que las mujeres casadas o con pareja heterosexual. Así, todas las mujeres tendrán acceso a este derecho a través del Sistema Nacional de Salud, independientemente de la Comunidad Autónoma donde vivan, su orientación sexual o su estado civil.

El anteproyecto reconoce también la filiación de las hijas e hijos de las parejas de lesbianas y bisexuales sin necesidad de que deban antes haber contraído matrimonio.

La ley prohíbe cualquier tipo de terapia de conversión o actuación destinada a modificar la orientación o identidad sexual o la expresión de género de las personas.

Irene Montero ha destacado hoy la importancia de esta ley en un momento de cuestionamiento de los derechos lgtb y trans en Europa. Ante esto, “lanzamos un mensaje de defensa contundente de los derechos humanos también en Europa, seas quien seas y ames a quien ames”.

Por su parte, Juan Carlos Campo ha señalado que España se suma a Bélgica, Noruega, Malta, Irlanda, Dinamarca o Luxemburgo.

Foto: archivo AmecoPress.
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Estado Español – Legislación y género – Sexualidades – Transexualidad – Homosexuales – Lesbianas. 29 jun. 21. AmecoPress



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