“La Corte Interamericana de Derechos Humanos sabe que existe un sesgo de género en los Estados”
Madrid, 26 Oct. 11 AmecoPress. Este fue el tema central en la video conferencia ofrecida por la jueza Cecilia Medina Quiroga, ex presidenta de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, dentro del marco del Taller de feminismo y Derechos Humanos: ‘La relevancia de ser mujer. La historia compleja e inacabada de los derechos de las mujeres’, promovida por el Instituto de Derechos Humanos Bartolomé de las Casas de la Universidad Carlos III de Madrid.
Para el momento en que se llevó a la luz la sentencia del caso conocido como González y otras contra México o del ‘campo algodonero’, la jueza Cecilia Medina Quiroga presidía la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Este caso marcó un hito en lo que se refiere a la defensa de los derechos de las mujeres porque se culpa al Estado mexicano de negligencia en la investigación y persecución de delitos perpetrados contra las mujeres en ciudad Juárez.
Cecilia Medina comentó todo el proceso que se llevó a cabo desde la Corte Interamericana de Derechos Humanos al comprobarse que ni la policía ni el Estado mexicano habían dado la menor importancia a la denuncia interpuesta por tres madres ante la desaparición de sus hijas cuyos cuerpos terminaron apareciendo enterrados junto a otros ocho cuerpos de mujeres en un sector de Ciudad Juárez conocido como ‘campo algodonero’.
“Lo que había detrás de esto no era solo la desaparición, tortura y asesinato de tres mujeres, había un contexto de violencia sexual y de violencia contra la mujer de enorme magnitud; era un contexto donde se podía asimilar un patrón de conducta en el que mujeres de 15 a 25 años, de situación económica y social desmedrada, desafortunada fueron secuestradas, escondidas, a menudo violadas sexualmente y después enterradas en lugares donde pensaban no serían encontradas”, cuenta la jueza.
“Entonces llega a la Corte la petición de que la Corte decida que México violó la obligación de garantizar los Derechos Humanos de las mujeres porque no había prevenido la situación, no había reaccionado cuando los hechos sucedieron y por supuesto no había preparado, ni había dado garantías de protección, no había hecho nada”, señaló Medina.
“Aquí nos enfrentábamos a un contexto de violación ‘masiva’ y sistemática de los derechos Humanos en que a la Corte como Corte le era difícil funcionar, además la Corte estaba diseñada para simplemente trabajar y examinar casos individuales y aquí definitivamente llegaban casos individual pero alrededor de los casos había un contexto de violación” indicó.
Expresó que desde el primer fallo de la Corte esta se encargó de sentar precedentes para que pudieran servirle en casos futuros pero que “curiosamente” lo que sucedía en América Latina, relacionado con los Derechos de las mujeres, nunca estuvo presente. En este sentido, indicó la jueza que resulta inexplicable si se parte del principio de que somos iguales y tenemos derecho de exigirle al Estado que nos garantice nuestro pleno ejercicio de nuestras libertades.
“El sesgo de género no está solo en los países sino también en los organismos internacionales, las comisiones se fijaban mayormente en las cosas que les pasaban a los hombres, pero no a todos los hombres; no se preocupaban por los hombres indígenas, o por los hombres discapacitados o por los que tenían una orientación sexual diferente”, expuso Medina.
Pero llegó el caso ‘Campo Algodonero’
La Comisión Interamericana de los derechos Humanos decide entonces presentar el caso como un caso de violencia contra las mujeres e invoca no solo a la Convención Americana de Derechos Humanos sino a la Convención Belém do Pará que fue diseñada y adoptada para prevenir, sancionar y erradicar la violencia.
“La Comisión envía el caso a la Corte y fue el primer caso enviado por la Comisión donde se hablaba realmente de los problemas de las mujeres y se le da la oportunidad a la Corte para que explique, ordene, precise, qué es lo que deben hacer los Estados para proteger los Derechos Humanos de las mujeres en caso de violencia”, apuntó Medina.
Sin embargo según la jueza lo único novedoso del caso fue el habérsele aplicado los precedentes a las mujeres “El fallo fue de 150 páginas, cuando se estaban redactando fallos de 75 páginas lo cual quiere decir quela Corte está consciente de que existe un sesgo de sexo en todo lo que sucede dentro de los Estados.
Finalmente la Corte Interamericana de Derechos Humanos falló y dictó sentencia sancionatoria al Estado mexicano al considerar que los casos de Ciudad Juárez no habían sido investigados según los estándares y le dice cómo debe ser la investigación con la recomendación expresa de que incluya una perspectiva de género.
Tres años de talleres
Este es el tercer año en que el Instituto Bartolomé de las Casas de la Universidad Carlos III lleva a cabo estos talleres que también forman parte de las actividades que organiza el laboratorio Norberto Bobbio de igualdad y no discriminación, dirigido por La doctora María Eugenia Rodríguez Palop.
El Instituto Bartolomé de las Casas es un centro académico dedicado a la docencia, investigación y desarrollo de publicaciones a través de diversas líneas temáticas tales como: Teoría y Filosofía del Derecho, Derechos Fundamentales, Teorías de la Justicia, Derechos Humanos, Igualdad y No Discriminación, Teoría Feminista, Multiculturalismo, entre otras.
Foto AmecoPress
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Pies de foto: 1) María Eugenia Rodriguez Plaop presenta la conferencia 2) Cecilia Medina habla desde la Universidad de Chile 4) Personas asistentes a la video conferencia
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Internacional – Violencia de género – Feminicidio – educación – Formación en género – derechos humanos – Mujeres del mundo; 26 octubre (11); AmecoPress