Dominicana: "No despenalizar el aborto genera discriminación, injusticia social y muertes"
Santo Domingo, 06 oct. 16. AmecoPress/SEMlac.- "Las mujeres en la República Dominicana demandamos a quienes se erigen como representantes populares a que cumplan con la deuda histórica de despenalizar el aborto en tres causales: cuando corre riesgo la vida de la mujer gestante; cuando existen malformaciones congénitas incompatibles con la vida y cuando el embarazo es resultado de una violación o incesto".
Así reza el documento que la Colectiva Mujer y Salud (CMS) y el Centro de Investigación para la Acción Femenina (CIPAF) hicieron llegar a SEMlac, en el cual llaman la atención a lo que constituye una violación de los derechos humanos.
"Obligar a la mujer a continuar el embarazo, aun cuando está en peligro su vida, cuando el feto es inviable y cuando el embarazo es producto de una violación, no solo restringe el derecho a la autonomía individual y al libre desarrollo de la mujer, sino que impone cargas físicas, emocionales, sociales y económicas bastante difíciles de soportar", añade el texto.
Se recuerda que República Dominicana se halla entre los pocos países que aún penalizan totalmente el aborto, por lo que junto a estas organizaciones, instituciones y organismos en la nación exigen que las Cámaras de diputados y senadores cumplan con "la responsabilidad de elaborar las leyes que nos rigen, de modo que respondan a las necesidades de la sociedad y garanticen el pleno respeto a los derechos humanos de toda la población".
El comunicado advierte la inaceptable situación de dolor, angustia y tensión a que el sistema de salud somete a una mujer embarazada que solicita ayuda para interrumpir un embarazo que pone en riesgo su salud emocional, por las condiciones en que se encuentra el feto, y subraya que esto "genera discriminación, injusticia social y muerte.
Así, en el contexto del día por la despenalización del aborto en América Latina y el Caribe, -continúa- exigimos que los artículos del Código Penal en la materia sean revisados y corregidos en los términos de la Observación Presidencial de 2014, agrega.
Igualmente reclama que se recupere una redacción que garantice el desarrollo y la democracia del país, para lo cual proponen lo siguiente:
Artículo 107.- Quien mediante alimentos, brebajes, medicamentos, sondeos, tratamientos o por cualquier otro medio cause la interrupción del embarazo de una mujer, aun cuando esta lo consienta, será sancionado con dos a tres años de prisión menor, salvo lo previsto en el artículo 110.
Artículo 110.- Eximentes. No será punible la interrupción del embarazo cuando sea practicado por personal médico especializado, en centros o establecimientos de salud, públicos o privados, en los casos en que peligre la vida de la gestante, cuando esta ha sido víctima de violación o incesto, o cuando el embrión o feto presente malformaciones incompatibles con la vida".
Con la máxima de que ¡no traicionen a la nación!, se demanda en este Día de la despenalización del Aborto que las autoridades de Salud y los legisladores actúen con responsabilidad frente a tan grave problema.
La coordinadora del Centro de Estudios de Género del Instituto Tecnológico de Santo Domingo (CEG-INTEC), Lourdes Contreras, expresó que se "sigue incrementando la mortalidad materna en nuestro país, y pone en evidencia la necesidad de que el Congreso Nacional proceda a aprobar la ley para operativizar la interrupción del embarazo por malformaciones congénitas, porque casos como este ponen en riesgo la vida de mujeres ante la ausencia de un instrumento legal que les permita resolver su situación en condiciones seguras".
Ese letargo…
Organizaciones feministas continúan las luchas que durante décadas se llevan a cabo en defensa de los derechos e integridad de la mujer dominicana y a favor de la despenalización del aborto.
Se recuerda que, tras una larga espera, el Tribunal Constitucional (TC) declaró el pasado 2 de diciembre inconstitucional la Ley 550-14, que instituye un nuevo Código Penal, tras la acción interpuesta por la Fundación Justicia y Transparencia (FJT), la Fundación Transparencia y Democracia y la Fundación Matrimonio Feliz.
En ese momento, hombres y mujeres alzaron sus voces frente al Congreso Nacional en protesta ante dichas acciones, que declaran inconstitucionalidad contra los artículos 107, 108, 109 y 110 de la antes mencionada Ley, en los cuales se hace referencia a la interrupción del embarazo y las penalidades que conlleva violentar esas disposiciones.
Como resultado, se mantiene aún la vigencia del Código Penal promulgado mediante decreto-ley 2274, del 20 de agosto de 1884, legislación impuesta desde el siglo XIX a las mujeres dominicanas.
La indignación crece, mientras las autoridades mantienen una actitud indolente y aletargada.
El año 2015 concluyó con una regresión en los avances jurídicos en materia de protección de derechos humanos de las mujeres dominicanas, pese a que estudios como el realizado por la Fundación Thompson Reuters, con sede en Washington DC, revelan que más de 90.000 abortos inseguros se practican anualmente en el territorio nacional.
República Dominicana se incluye en la lista de los cinco en América Latina que mantienen la prohibición del aborto, junto a El Salvador, Honduras, Nicaragua y Haití, y refleja, además, un tercer lugar en la tasa de mortalidad neonatal, sólo superada por Haití y Guyana.
Foto: Archivo AmecoPress.
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Internacional – Comunicados – Salud – Salud reproductiva – Aborto – Movimiento Feminista – Derechos Humanos - Legislación y género. 06 oct. 14. AmecoPress.