Una presunta víctima de trata internada un mes en el CIE de Málaga
Madrid, 29 jun (10). AmecoPress. El pasado 21 de junio, Women´s Link Worldwide y Málaga ACOGE presentaron un escrito ante la Subdelegación del Gobierno en Granada con el objetivo de solicitar el periodo de reflexión, reconocido en el artículo 59bis de la Ley de Extranjería, para una mujer, presunta víctima de trata, quien desde hace un mes permanece en el Centro de Internamiento para Extranjeros (CIE) de Málaga y que además necesita atención médica, incluyendo atención psicológica, debido a su precario estado de salud.
Viviana Waisman, directora ejecutiva de Women’s Link, ha explicado, en declaraciones para AmecoPress, que “aunque ha pasado una semana, no hemos recibido notificación alguna por parte de la Subdelegación de Gobierno sobre las medidas de protección que ofrecerá a esta mujer que se declaró, ella misma, menor de edad”.
La mujer llegó a España en patera, procedente del África Subsahariana. Está recibiendo el trato que reciben los “inmigrantes en situación irregular”. Las organizaciones demandan que las autoridades reconozcan a esta mujer como presunta víctima de trata y agilicen los procedimientos para garantizarle los derechos que se reconocen a quienes son identificadas como presuntas víctimas de este delito.
“Consideramos indispensable que el Estado le garantice su derecho al periodo de restablecimiento y reflexión, para así poder garantizarle también su derecho a la atención psicológica adecuada. Entendemos que dado su mal estado de salud psíquica, la mujer no debe ser objeto de interrogatorio ni de procedimiento judicial alguno”.
Ante la falta de respuesta hasta la fecha, Women´s Link Worldwide y Málaga ACOGE han enviado una queja al Defensor del Pueblo. José Luis Rodriguez Candela, Coordinador del Equipo Jurídico de Andalucía Acoge, insta “a la inmediata puesta en libertad de la presunta víctima y a la protección integral de sus derechos”.
Viviana Waisman, afirma que “nos preocupa que no están funcionando las garantías de protección para las personas víctimas de trata, se ponen los mecanismos sobre papel, pero la identificación no se lleva a cabo adecuadamente”
Defensor del Pueblo
Por su parte, la oficina del Defensor del Pueblo, consultada por AmecoPress, ha llegado a varias conclusiones acerca de este caso, aunque señala que no son definitivas pues “la investigación se encuentra abierta”.
Al parecer, la oficina recibió el expediente que había solicitado a la Comisaría General de Extranjería y Fronteras en el que no se hace referencia a que la interesada padezca enfermedad alguna y se remite copia de un informe radiológico del día 26 de mayo en el que un facultativo, en un folio manuscrito, señala que “la edad ósea es de 18 años”, junto a un Decreto dictado por la Fiscal de menores de Granada que, a la vista del anterior informe, dice que la interesada es mayor de edad”.
“Una vez más”, señalan desde la oficina del Defensor del Pueblo, “se constata que el protocolo utilizado para la realización de las pruebas de edad no goza de las garantías necesarias”.
El Defensor del Pueblo ya ha trasladado a Fiscalía su preocupación, estimando necesario que las pruebas fijen la edad a través de una horquilla, dado el margen de error existente, que ya ha sido puesto de manifiesto por la comunidad científica y por la propia Fiscalía. “No existe en el momento presente una prueba científica que permita dar una edad tan cerrada como la que ofrece el Servicio Radiológico del Hospital San Cecilio de Granada”, indica.
Otra de las conclusiones obtenidas en la investigación que realiza el Defensor del Pueblo es que “se constata una vez más la necesidad de reforzar de manera urgente el protocolo policial para detectar a las posibles víctimas de trata con fines de explotación sexual”. El Defensor del Pueblo ya ha dado traslado de esta cuestión tanto a la Dirección General de la Policía como al Ministerio de Igualdad.
“Casos como este”, indica , “en que a las dudas sobre la edad de una persona se suman indicios de trata, obligan a que las autoridades y los servicios policiales sean especialmente cuidadosos”.
Por último recuerda que el artículo 10.3 del Convenio del Consejo de Europa sobre la lucha contra la trata de seres humanos (Convenio de Varsovia) obliga a los Estados a proteger de manera inmediata a las personas cuya edad o filiación resulten dudosas, hasta que se pueda comprobar su edad. No parece existir hasta el momento un proceso que tenga en cuenta la situación específica de las mujeres y de los niños víctimas de trata, tal y como exige el párrafo 1 del mismo artículo 10º.
Fotos archivo AmecoPress.
--------------------
Estado español – Violencia de género – Derechos humanos – Violencia sexual – Legislación y género - Mujeres inmigrantes - Instituciones de Igualdad; 29 junio (10); AmecoPress