La Ley del Aborto define su reglamentación a pocas semanas de entrar en vigor

26 de mayo de 2010.

Por Elena Duque

Madrid | Estado Español | Salud reproductiva | Aborto | Legislación y género



Cómo contabilizar las 14 semanas de embarazo, o quién es “especialista” para realizar una intervención, cuestiones pendientes de resolverse


Madrid, 26 may (10). AmecoPress. Un borrador del desarrollo reglamentario de la Ley del Aborto se ha enviado a los centros sanitarios para su evaluación. Entrará en vigor el próximo julio, y las dudas sobre determinados aspectos aún no se han aclarado.
 
Santiago Barambio, presidente de la Asociación de Clínicas Acreditadas para la Interrupción del Embarazo, ACAI, ofrece esta tarde una conferencia sobre las particularidades a tener en cuenta para actuar de ahora en adelante.
 
En declaraciones a AmecoPress, Barambio ha advertido de que son numerosas las especificidades pendientes de aclaración antes de la entrada en vigor de la Ley de Interrupción del Embarazo, y no preocupan precisamente las más polémicas. El próximo miércoles Barambio y su equipo se reunirán con la Ministra de Igualdad, Bibiana Aído, para tratar el contenido de este borrador.
 
Una cuestión que inquieta al doctor, y que no se desarrolla en el borrador, es cómo se cuentan las 14 semanas en las que la ley establece la libertad de la mujer para interrumpir su embarazo. El texto dice “semanas de gestación”.
 
“Según la ciencia, se cuentan desde la implantación o anidación; según los pro-vida, el embarazo comienza con la concepción; también se puede contar desde que tuvo la última regla, cuando sin embargo aún no estaba embarazada”, explica.
 
“Por lo tanto, las 16 semanas de amenorrea pueden ser 14 semanas desde la concepción y 13 semanas desde la anidación. ¿Cuál debemos tomar? Porque si un juez no lo considera igual, la persona puede ser criminalizada”, advierte.
 
Requisitos técnicos y profesionales lejanos a la realidad
 
Por otra parte, el texto establece que hace falta una acreditación para emitir los dictámenes a efecto de que se realice un interrupción del embarazo. Esto puede chocar incluso con los colegios de médicos, y convierte el proceso en algo engorroso sin necesidad. De hecho, esto ya se intentó con la ley anterior, aún vigente.
 
Es decir, si una mujer llega con un informe de su cardiólogo por el que se considera aconsejable la interrupción del embarazo para preservar su salud, no parece muy lógico tener que investigar si la persona firmante está acreditada para hacer tal afirmación.
 
También dice el texto que la interrupción del embarazo será realizada por un “especialista”. Hasta ahora, sólo el 2% de los abortos se realizaban en el sistema de la sanidad pública, lo que al año suponen unos dos mil casos. “
 
No hay experiencia suficiente, muchos médicos nunca han realizado ninguna intervención de este tipo. En las clínicas privadas puede que algunos médicos no sean ginecólogos, pero tienen experiencia, saben realizarlo”, afirma Barambio, destacando la importancia de definir el término en la Ley.
 
Por otra parte, las exigencias técnicas para los centros acreditados son bajas a ojos del presidente de ACAI. “Por no pedir, no exigen una sala de espera. ¿Dónde van a esperar?”.
 
Mientras, sí solicitan una serie de servicios de alta tecnología que nada tiene que ver con la interrupción del embarazo, y que por lo tanto no son necesarios en la propia práctica. “Si un niño viene con un Síndrome de Down, ya lo va a saber la paciente antes de acudir a realizarse un aborto”, ejemplifica Barambio.
 
La clave de la experiencia
 
Barambio advierte del riesgo de ciertas prácticas que, al parecer, se pretenden poner en marcha. Aparentemente, la asistencia primaria de Cataluña tiene previsto facilitar el tratamiento para abortar a las mujeres que lo soliciten para que lo hagan en su casa.
 
“Nosotros creemos que es una solución que habría que meditar mucho, por los numerosos efectos que tiene este tratamiento. La gente se puede creer que el embarazo se esfuma. La realidad es que se expulsa, con dolor y con sangrado. Además, puede haber complicaciones, y si alguien vive a cien kilómetros de un hospital, ¿cómo lo va a hacer? Por otra parte, no todo el mundo lleva una vida ordenada, ni es capaz de seguir las indicaciones que le da el médico, y si el tratamiento se toma mal, no va a funcionar”.
 
Conocimiento, pero no consentimiento
 
Barambio ha quitado peso a la gran polémica que se está produciendo en torno a la posibilidad de decidir en el caso de las menores de edad. “No le veo mayor problema”, ha zanjado, “sois los medios de comunicación los que lo estáis dando demasiada importancia”.
 
Destaca que lo importante del desarrollo reglamentario de la Ley es precisamente “que lo deje claro”. Que no queden dudas sobre quién y cómo deben tomarse las decisiones.
 
Las menores de edad que deseen interrumpir su embarazo tendrán que ir acompañadas por su padre, madre o persona tutora, o aportar un documento firmado (que no notarial) con el que probar que esta persona conoce la situación.
 
Según el borrador, en situaciones especiales, en las que no hay una buena relación, o en la que los padres no quieren firmar dicho documento, la decisión queda en manos del o de la profesional, quien podrá además recabar la ayuda de otros u otras profesionales para decidir si la menor puede ser sometida al tratamiento o a la intervención, estimando en todo caso la veracidad de su testimonio.
 
Para Barambio, es importante que el padre o la madre conozcan la situación, pero valora que no sea necesario contar con su consentimiento. “Consideramos que es interesante que la familia lo sepa, pero claro, que lo arrope”.
 
Mientras tanto, desde las clínicas asociadas a ACAI, a la espera de que entre en vigor la ley en julio y como todavía no se ha producido el desarrollo efectivo de la Ley, han creado un cuestionario con el que, a través de las respuestas de las menores, poder estimar si verdaderamente está justificada la alegación de no aportar ese documento.
 
En la práctica, según datos de ACAI, el 30% de las menores que acudieron a las clínicas declararon que preferirían no haberlo contado en casa. De las mayores de edad, un 50% no se lo había dicho a sus padres o tutores.
 
En 2008 se produjeron algo más de ciento quince mil interrupciones voluntarias del embarazo. Supuso un 3,2% más que el año anterior, y sin embargo el número de abortos en menores de edad se redujo en un 2,6%.
 
Fotos: archivo AmecoPress
---
Estado Español - Salud Reproductiva - Aborto - Legislación y Género; 27 mayo (10), AmecoPress
 
 
 

Lo más leído