Argentina: Más denuncias de la violencia de género

25 de noviembre de 2009.

Por Norma Loto

Internacional | Violencia de género | Legislación y género | Buenos Aires





Buenos Aires, 25 nov. 09. AmecoPress/ SEMlac.- Que la violencia contra las mujeres es una violación a los derechos humanos, es una realidad que no siempre se traduce en la conciencia colectiva, debido a que la violencia machista tiene su sustento cultural en continuas justificaciones.

Sin embargo, en opinión de Carlos Felipe Martínez, coordinador Residente del Sistema de Naciones Unidas en Argentina, este país "ha realizado avances legales", según manifestó en un Taller de Capacitación a Periodistas sobre Violencia de Género, realizado el pasado 12 de noviembre.

En el encuentro, Eleonor Faur, la oficial de enlace del Fondo de Población de la ONU (FNUAP), dijo que la violencia de género "es un problema continuo y constante, que afecta el derecho a la vida también en Argentina, donde "una mujer es asesinada cada dos días por su pareja o ex pareja".

Faur remarcó que "la Oficina de Violencia Doméstica (OVD), que lleva adelante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, recibió en su primer año de funcionamiento 6.746 denuncias. Esto indica que cada vez se naturaliza menos la violencia, a partir de que existen lugares para denunciar", consideró.

La violencia doméstica y la justicia

Del total reportado por la OVD, 82 por ciento de las personas afectadas son mujeres y 18 por ciento son varones. De estos últimos, seis de cada 10 son niños o adolescentes.

Según la misma fuente, la violencia que más se denuncia es la psicológica (89 %), luego la física (68 %), seguida por la económica (30 %) y por último la sexual (14 %).

El 83 por ciento de las denuncias que llegaron a las OVD fueron derivadas al fuero civil, que dictó 3.425 prohibiciones de acercamientos del agresor a la victima y 540 exclusiones del hogar. Sin embargo, casi la totalidad de los casos que llegaron a la justicia penal quedaron archivados o se dictó sobreseimiento.

Elena Highton de Nolasco, jueza de la Corte Suprema de la Nación y principal impulsora de la Oficina de Violencia Doméstica, fue una de las expositoras del Taller de Capacitación a Periodistas sobre Violencia de Género. La magistrada señaló que es necesaria la capitación en toda la esfera judicial, ya que "es importante saber mirar la violencia que sufre una mujer", precisó.

"Una manchita (refiriéndose a un hematoma) no es sólo una manchita. Se trata de tomar conciencia, porque hay que saber distinguir el problema", añadió.

Highton aclaró que, además, en las sentencias de los jueces, muchas veces se deja entrever que a estos "les parece poco creíble, por ejemplo, los casos de mujeres que sufren violencia por más de 10 años. Sobre estas, ellos se interrogan: ¿recién ahora lo denuncian?", relató.

En su opinión, "a veces esos jueces y todo el sistema judicial desconocen que la violencia doméstica dura años, que es continua, perpetua. Pero es imprescindible que la víctima tenga la contención y el asesoramiento necesario. Sin esto, no sirve la denuncia, porque lo más probable es que una víctima que no tiene contención y asesoramiento termine desistiendo de la denuncia".

Otra cifra que se dio a conocer es el vínculo entre la víctima y el agresor: se observa que la relación de pareja (parejas, ex parejas, concubinos, cónyuges y novios) es la predominante, con 84 por ciento del total; el resto de las relaciones es filial o fraternal.

"Con este dato se comprueba que la violencia no se corta con la ruptura de la pareja, ya que un tercio de las denuncias que hemos recibido proviene de personas que han roto con la suya", remarcó la magistrada.

La ley argentina

El pasado 11 de marzo, el Congreso de la Nación Argentina sancionó la ley de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las mujeres en los Ámbitos en los que se Desarrollan sus Relaciones Interpersonales, que complementa a la Ley 24.417 de protección contra la violencia familiar.

Con este avance legislativo, no sólo se considera la violencia que suceda en el ámbito familiar como una violación a la integridad de la mujer, sino que se contempla la violencia de género en sus diversas formas: física, sexual simbólica, económica y patrimonial.

Para algunas expertas, esta normativa tiene el defecto de no servir para sancionar, sino que define principios y derechos exigibles para el desarrollo de políticas públicas, a fin de erradicar la violencia de género.

Sin embargo, "ninguna ley es mágica. Para que se implemente, hace falta una revolución cultural", señaló la abogada Soledad García Muñoz, coordinadora de la Oficina regional Sudamérica, del Instituto Interamericano de Derechos Humanos.

"En este sentido, es necesario que los actores y actoras que hacen las noticias lleven los casos de violencia de género a las primeras planas", remarcó ante los y las periodistas asistentes al taller.

Foto: Archivo AmecoPress

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Internacional – Violencia de género – Legislación y género. 25 nov. 09. AmecoPress/SEMlac

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