Tirado alega que no tenía datos para pensar que el encarcelamiento de del valle era "urgente" por su "especial peligrosidad"
El juez Rafael Tirado ha recurrido la sanción que el Consejo General del Poder Judicial le impuso de 1.500 euros por no ejecutar la sentencia que condenaba a Santiago del Valle, presunto asesino de Mari Luz, a dos años y medio de cárcel por abusar a su hija. En su recurso, sostiene que no tenía ningún dato que hiciera pensar "en la especial importancia o urgencia del ingreso en prisión del condenado por su especial peligrosidad".
El magistrado explica que según el orden de prioridades este caso no era preferente al no ser una causa con preso, de violencia doméstica y de género o juicio rápido. Además, sostiene que la falta disciplinaria por la que ha sido sancionado se refiere a actuaciones en ámbitos competenciales, como es la ejecución de sentencias, "que no se le atribuyen legalmente al juez", según la Ley Orgánica del Poder Judicial.
El titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Sevilla se basa en el acta del Servicio de Inspección realizada a su Juzgado antes de saltar a la luz pública este escándalo, y en el que se decía que no había ningún dato para deducir un retraso en las ejecutorias.
En ese acta se decía que el Juzgado tenía un "leve retraso" y proponía la creación de un nuevo órgano más para la provincia. Además, apunta que en el acuerdo del CGPJ en el que se le sanciona se reconoce y justifica la "imposibilidad material" de llevar a cabo esa función de
"control" que parece atribuirse al juez.
"Es evidente que tal cargo de trabajo revela la imposibilidad manifiesta de atender con la debida prontitud y el control que parece exigirse todos y cada uno de los asuntos que pesan sobre estos órganos judiciales, sin que algunas de las secciones de los diversos negociados
se resienta, no sólo para el titular del órgano, sino también para el resto de integrantes del mismo", destaca Tirado.
Asimismo, asegura que ninguna de las partes le dio cuenta específica del asunto y, sin embargo, se le impone a él una infracción por una falta de control en unas funciones que, a su juicio, ni siquiera son de su competencia. "En este expediente late la confusión entre la responsabilidad disciplinaria del juez y la responsabilidad del Estado por el funcionamiento anormal de la Administración de Justicia o de otros poderes públicos", recalca.
Estado español-Legislación y género; 28 octubre (08) AmecoPress