Elementos imprescindibles para que la prestación sanitaria de aborto siga siendo un recurso seguro y de calidad para las mujeres
Madrid, 28 de septiembre de 2017. Con motivo de la celebración del 28 de septiembre, del Día Internacional por la Despenalización del aborto y la Defensa de los Derechos Sexuales y Reproductivos de las mujeres en todo el planeta, la Asociación de Clínicas Acreditadas para la Interrupción del Embarazo –ACAI-, ha señalado en un comunicado las pautas básicas para asegurar un aborto provocado seguro y preservar la intimidad y el acompañamiento de las mujeres.
ACAI considera que las interrupciones del embarazo deben ser realizadas por un médico o médica con conocimientos específicos acreditados en Aborto Provocado. De no ser así, la calidad del aborto provocado, la seguridad para las mujeres y el correcto acompañamiento de las mismas no podrá garantizarse como hasta ahora. Estas personas profesionales deben estar integradas en unidades específicas especializadas, en las que sus integrantes respalden la IVE.
Creemos que la incorporación del aborto en la sanidad pública puede ser un paso adelante en la defensa de los derechos de las mujeres, pero puede convertirse en un retroceso si la atención se deja en manos de personal sin experiencia, capacitación o voluntad.
Formación de los y las profesionales
Resulta necesario formar a los médicos, las médicas y profesionales de la salud y el trabajo social en la práctica sanitaria de IVE, tal y como se explicita en la Ley de SSR e IVE, ya que de seguir incumpliendo la Ley como hasta ahora, no se podrá producir el relevo generacional de las y los profesionales que vienen garantizando el aborto en nuestro país. En este sentido, recordamos que hoy el aborto provocado no está incluido en el temario de las carreras de Medicina o Enfermería, ni se aprende durante la especialización.
Como así lo avala la literatura científica, es necesario que los y las profesionales que intervienen directamente en la práctica sanitaria de aborto (tanto en la sanidad pública, como en la privada o concertada) reciban formación en todos los métodos (instrumental y farmacológico).
En estos momentos, los centros sanitarios públicos que están asimilando esta práctica sanitaria están primado el método farmacológico frente al instrumental, desoyendo, en muchos casos, la opinión de las mujeres, su situación personal y su historial médico. Las razones son de naturaleza económica, derivadas de la falta de formación, así como, del estigma que supone la realización de abortos instrumentales.
En ese sentido, ACAI no toma partido frente a los métodos seguros de IVE, instrumental y farmacológico. Considera que es necesario salvaguardar la convivencia de ambas técnicas, para garantizar la calidad de la prestación y la libertad de elección de la mujer, quien tiene derecho a ser correctamente informada y decidir el método más acorde con su situación sanitaria y personal.
Es tarea de las Administraciones establecer las vías de formación, sin embargo, consideramos imprescindible que las autoridades sanitarias valoren los protocolos de actuación de las personas profesionales que han atendido la IVE en nuestro país.
La objeción de conciencia en nuestro país no responde, mayoritariamente, a valores religiosos o éticos, sino a razones de prestigio profesional. Realizar abortos es una prestación no normalizada y estigmatizada (tanto para la mujer como para el o la profesional) y por tanto es “evitada”, especialmente en la Sanidad Pública. Dicho esto, ACAI considera que la objeción de conciencia debe ser garantizada y que ésta debe ser individual y nunca colectiva. Debiendo facilitarse a las mujeres afectadas una alternativa viable.
Mujeres jóvenes
Tras la actual reforma legislativa, todas las mujeres de 16 y 17 años deben obtener el consentimiento de sus tutores antes de interrumpir su gestación. Para ACAI este cambio legislativo eliminó la única vía legal que tenían las menores en desamparo para acceder a un aborto seguro, entre 400 y 500 menores.
Es necesario que se derogue esta reforma procurando un cambio legislativo que incluso supere la anterior normativa, reconociendo a estas mujeres jóvenes su capacidad autónoma de decisión.
Creemos pertinente revisar el periodo de tres días de reflexión: resulta paradójico que después de reconocer por vez primera en España un plazo de libre decisión para la mujer, se exija un periodo de reflexión de tres días en un proceso que la mujer ya ha meditado y que por tanto debe ser ágil en los tiempos y acompañado en la intervención.
Creemos imprescindible poner en práctica y dotar de presupuesto el Título I de la ley “De la Salud Sexual y Reproductiva”, relativo a las políticas preventivas. Es imprescindible que el sistema educativo incluya como asignatura la educación sexual. Al tiempo, el Sistema Nacional de Salud debería tener la capacidad de asegurar la gratuidad de los anticonceptivos. Medidas que sin duda incidirían en la disminución de los embarazos no planificados y por tanto en la reducción del número de abortos, especialmente entre una población adolescente e inmigrante, tan cuestionada en sus actitudes.
ACAI pide tolerancia policial “0”y que no se produzca ninguna connivencia política con los radicales que se concentran frente a las clínicas cuando superen los márgenes de la libertad de manifestación, reunión y expresión. Pedimos además que como tiene establecido la Ley Francesa de 27 de enero de 1993, conocida como Lei Neiertz, se tipifique el delito de “obstaculización al aborto voluntario”.
Fotos archivo AmecoPress
Estado español – Salud – Salud reproductiva – las jóvenes – Aborto – Campañas; 28 de septiembre. 17. AmecoPress